Fomento de la natalidad
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Correo de contacto: ayudasalasmadres@gobcantabria.es


Subvención y ayudas para fomentar la natalidad




¿Para quién?
Madres residentes en Cantabria con hijos nacidos en Cantabria menores de tres años, o menores de seis años cuando las madres sean integrantes de familia numerosa o con hijos menores de seis años nacidos en Cantabria, que ostenten la condición legal de minusválidos.
¿Para qué?
Las subvenciones objeto de este Decreto tienen como finalidad incentivar la natalidad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
¿Dónde recojo la solicitud?
Las solicitudes, cuyo plazo está abierto de forma continuada, irán dirigidas al consejero de Economía, Hacienda y Empleo, se formalizarán en los modelos oficiales que figuran como anexos I, II y III al presente Decreto, que podrán obtenerse en las dependencias de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o a través de esta dirección Web.
¿Dónde presento la solicitud?
Las solicitudes se presentarán en las dependencias de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo sin perjuicio de lo establecido en el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, debiendo acompañarse de la siguiente documentación acreditada, junto con el documento original para su compulsa en caso de fotocopia.
¿Qué documentación necesito?
  1. Fotocopia del documento nacional de identidad o del documento acreditativo de la identidad o tarjeta equivalente expedida por las autoridades españolas en el caso de extranjeros residentes en España, en vigor, correspondiente a cada solicitante.
  2. Fotocopia del libro de familia en el que conste inscrito en el Registro Civil el matrimonio, en su caso, y el menor que motiva la subvención o, cuando se trate de adopción, fotocopia de la resolución que lo declare.
  3. Certificado de empadronamiento de la madre en alguno de los municipios de Cantabria. Para ser considerados válidos, los certificados de empadronamiento no tendrán una antigüedad superior a dos meses desde la fecha de su expedición.
  4. Fotocopia del documento que acredite el grado de minusvalía del menor, en su caso.
  5. Nombre, apellido/s y número de DNI o NIE del cónyuge o del otro miembro de la pareja de hecho, en su caso.
  6. Declaración responsable, incluida en cada una de las solicitudes que figuran como anexos I, II o III al presente Decreto, mediante la que se hará constar que la solicitante no se halla incursa en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, de las establecidas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y, específicamente, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes o de cualquier otro ingreso de derecho público, así como de tener su residencia legal y domicilio fiscal en Cantabria.
Datos del cónyuge o pareja de hecho y autorización de éstos (se incluye en la solicitud) para que el Gobierno de Cantabria para que pueda realizar la comprobación u obtención, directamente o por cualquier medio, de Agencia Tributaria de la Administración del Estado y de los Organismos o autoridades competentes en cada caso, las certificaciones o información necesaria para la verificación de los extremos consignados en concreto sobre identidad y nivel de renta.
¿Dónde puedo ver todos los detalles de esta convocatoria?
Para conocer todos los detalles de esta convocatoria, le remitimos al Texto Consolidado del Decreto regulador.